Los locales de pública concurrencia se denominan a los establecimientos en los que asisten distintas personas que son ajenas a la empresa, es decir,gente que no sean trabajadores de la misma .Los locales de pública concurrencia también se definen en la ITC-BT 28 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
Desde la entrada en vigor del Reglamento electrotécnico para baja tensión es obligatorio hacer inspecciones.
Iniciales: Son obligatorias y con una validez de cinco años desde la data de la inspección.
Periódicas: Se efectúan cada 5 años.
Las instalaciones anteriores a la fecha de entrada en vigor de este Reglamento electrotécnico para baja tensión tienen que cumplir asimismo los plazos de inspección y valía de esta, mas se inspeccionarán de acuerdo al reglamento bajo las cuales fueron ejecutadas.
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